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La historia es de Óscar Javier Garzón Cañón, quien fue sentenciado a más de 25 años de prisión por los delitos de acceso carnal abusivo, actos sexuales con menor de catorce años y acceso carnal violento contra su hija

Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia lo absolvió porque la Fiscalía no incluyó las retractaciones de la menor, con lo cual no se activó para la defensa de Óscar la posibilidad de ejercer la confrontación respecto de esos contenidos probatorios.

Todo inició en el 2016 cuando la niña denunció a su papá de haberle supuestamente realizado ‘tocamientos libidinosos sobre sus partes íntimas’. En la entrevista forense, ella señaló que los abusos iniciaron cuando era muy pequeña y para sustentarlo, contó con el apoyo de su hermano menor

Durante el proceso penal, la Fiscalía recopiló los testimonios para lograr la condena de 308 meses de cárcel, pero resulta que después los menores de edad se retractaron. Los jóvenes confesaron que la historia fue inventada por ellos dos o tres semanas antes de interponer de la denuncia, para vengarse del padre porque le estaba siendo infiel a su madre.

La menor también lo habría hecho porque, para la época de la denuncia, tenía un novio y su papá le imponía muchas reglas, como horarios de visitas, acompañamiento permanente por un adulto y el cumplimiento de sus deberes escolares, los cuales incumplía.

En su segunda versión, la joven adolescente adujo que su papá nunca se había sobrepasado con ella y que sólo se “arrunchaban” en la cama.

Finalmente, la menor narró que decidió contarle a su mamá la verdad porque ya se estaba sintiendo muy mal de ver a su progenitora deprimida y “sufriendo económicamente…porque ella no está ubicada en un buen empleo, y está muy endeudada”, dado que los gastos de la casa los sufragaban ambos padres, por mitad

Al analizar el caso, la Corte Suprema de Justicia calificó de “deficiente” la investigación que adelantó la Fiscalía, pues, “no se entiende cómo ni siquiera se intentó realizar una valoración psicológica a la víctima, a fin de determinar su estado mental, posibles afectaciones por los hechos denunciados, caracteres de su personalidad, etc”.

Además, resulta inexplicable que la Fiscalía, a pesar de conocer que los menores se retractarían en el juicio oral, “no hubiese agotado el procedimiento debido para incorporar al juicio sus versiones anteriores, a fin de que pudieran ser valoradas por el Juez”.

“Es por ello que la Sala hace un llamado de atención respecto del deber de los funcionarios judiciales de actuar con la diligencia debida, sopesando en cada caso el reconocimiento y respeto de los derechos de los demás sujetos procesales”, precisó la Corte.

Por lo anterior, la Corte ordenó la libertad inmediata de Óscar, lo absolvió de todo cargo y ordenó cancelar las órdenes de captura existentes.

Fuente: RND Noticias. 


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