Fuente: Contrapunto
¿Es legal el antejuicio de mérito contra Maduro?
Juristas difieren y la ley dice que no
Los magistrados en el exilio fueron nombrados por
la Asamblea Nacional, la institución con competencia para ello, pero no fueron
constituidos como tribunal, por lo que hay polémica sobre la validez de sus
sentencias
La Asamblea Nacional enfrenta este martes un gran
reto: definir si aprueba -o no- el proceso de juicio contra el presidente
Nicolás Maduro, después de que el Tribunal Supremo de Justicia en el exilio
decidiera que hay mérito para juzgar al mandatario por hechos de corrupción
relacionados con obras de la constructora Odebrecht.
De todas las decisiones de los magistrados
designados en 2017 por la AN, que se autoconstituyeron como un tribunal y
despachan desde la sede del Senado en Colombia, esta ha sido una de las más
polémicas y criticadas por los vicios que ha presentado el proceso, desconocido
por las instituciones del Gobierno venezolano, por lo tanto, con escasas
posibilidades de concretarse en acciones en territorio nacional.
Ante las críticas y dudas que ha dejado todo el
proceso, Contrapunto consultó a tres juristas para
conocer su visión sobre el procedimiento, su legalidad y posibles implicaciones
para el país.
"La autorización para enjuiciar al ciudadano
presidente de la República, Nicolás Maduro, fue realizada por un órgano cuyos
miembros fueron designados por la Asamblea Nacional, que es el cuerpo que la
Constitución dice que designa magistrados", afirmó el abogado y profesor
Juan Carlos Apitz.
A su juicio, la legitimidad de este órgano la dio
el nombramiento de la AN en 2017 y, además, se justifica por la decisión de los
magistrados que sesionan en Caracas -llamados "exprés" por el
procedimiento en que fueron nombrados en 2015, por la AN dirigida por Diosdado
Cabello- de poner sus cargos a la orden de la Asamblea Nacional Constituyente.
"Al haber puesto sus cargos a la orden,
renunciaron. Porque ellos no podían poner sus cargos a la orden de un órgano
como la ANC, porque la Constitución dice claramente que los magistrados se
deben a la Constitución y a la ley", declaró el jurista.
Pero su opinión difiere con la de otros juristas.
Laura Louza, coordinadora de la ONG Acceso a la Justicia, explicó a Contrapunto
que, desde el punto de vista jurídico, no hay manera de sostener este proceso:
"No es legal. El TSJ en el exilio no es un tribunal, es un grupo de
magistrados que iban a sustituir a los magistrados exprés nombrados
ilegalmente, ilegítimamente, en diciembre de 2015", explicó.
"Esto no es un tribunal, no es constituido
como un tribunal, ni de acuerdo a las leyes de afuera ni a las leyes de
aquí", afirmó.
"Obviamente hay un respeto, fueron
nombrados, son perseguidos políticos, son valientes, están reunidos y haciendo
algo, hay un respeto y por eso afuera los han recibido, pero ningún órgano
internacional tiene competencia para decir que ese es un tribunal",
agregó.
La AN designó 13 magistrados principales y 22
suplentes, que subieron a categoría de titulares para poder sesionar en el
exilio, una medida que -afirma Louza- no es legítima porque no pueden decidirlo
ellos mismos.
Con esto coincide el presidente del Colegio de
Abogados del estado Vargas, Henry Hamdan, quien se considera
"revolucionario" pero también "crítico" al proceso.
"Todo eso es ilegal. Ese tribunal en el
exilio es totalmente ilegal, no tiene ningún fundamento jurídico, simplemente
sigue siendo la misma medida de desestabilización del país, dando informaciones
falsas. Un tribunal que no tiene sede, ninguna legitimidad, bajo ningún punto
de vista, es una cuestión totalmente falsa", declaró.
En su opinión, no solo se está cometiendo el
delito de usurpación de funciones, sino de traición a la Patria. Señala,
además, que si el nombramiento de los magistrados de 2015 fue
"exprés" o no, es irrelevante en cuanto a la legalidad de este
procedimiento.
"Yo fui miembro de la primera comisión para
elegir los magistrados y los miembros del Poder Moral. Ellos alegan que estaban
fuera de lapso, para mí estuvo dentro del lapso, pero independientemente de ese
tipo de consideración, ese tribunal en el exilio no tiene ningún fundamento, no
está basado en leyes concretas válidas. Esa sería harina de otro costal",
afirmó.
Los vicios del proceso
El hecho de que no se hayan constituido como
tribunal o que sesionen fuera del territorio nacional son varias de las
inquietudes planteadas a estos magistrados que realizaron el antejuicio de
mérito en Bogotá. Sin embargo, Apitz recuerda que fue la persecución del
gobierno la que los ha obligado a abandonar el país.
"No pueden ejercer sus funciones porque han
sido perseguidos, amenazados de ponerlos presos una y otra vez por lo cual no
pueden despachar desde Venezuela", señaló.
Sin embargo, Louza señala que aún a pesar de esta
persecución -que en efecto ocurrió- no todos los magistrados designados por la
AN apoyaron la sentencia del antejuicio: "La sentencia fue firmada por 25
magistrados, no por 32, que es la Sala Plena. Entonces, ¿qué tan válida es? Y
hay tres magistrados que expresamente mandaron una carta a la Cancillería de
Colombia diciendo que no son parte del TSJ en el exilio. Es decir, que ya está
claro que el TSJ en el exilio está formado en dado caso por 29 magistrados, con
Ángel Zerpa no está claro que sea parte porque ni siquiera firmó la sentencia.
Y hay otros dos que expresamente ponen que se abstuvieron de firmar".
Además, ningún país ha reconocido como tribunal
al TSJ de Bogotá.
Para
Hamdan, esta discusión sencillamente no existe porque incluso el nombramiento
de los magistrados realizado por la Asamblea Nacional es ilegítimo, a su
juicio. "Ese TSJ en el exilio lo que están buscando es crear esa zozobra
internacional, pero afortunadamente como eso no tiene ningún fundamento
jurídico, la AN está en desacato y tampoco tiene ninguna facultad para sesionar
de forma legal y legítima como lo consagra la Constitución", sostiene.
¿Qué debería hacer la AN?
Con este escenario, tiene entonces la AN una gran
responsabilidad y reto, que difiere de acuerdo con el jurista consultado. Para
Hamdan, el TSJ en el exilio "es una ridiculez" y la AN está en
desacato así que sencillamente no debería tomar ninguna decisión, porque no
sería válida.
Apitz, por su parte, espera que sí aprueben el
enjuiciamiento. "Deben tener claro cuál es su responsabilidad histórica en
este momento los diputados", afirmó.
Louza, sin embargo, deja claro que a nivel legal
la Asamblea Nacional no debería aprobar el juicio. "Legalmente lo que
debería es decidir que como no designó en su momento un Tribunal Supremo, ella
no tiene nada que decidir porque no es una decisión de un tribunal. Ella lo que
hizo fue designar a un grupo de magistrados, y ellos en sí mismos no tienen
competencia para tomar esa decisión. Todavía más que esa decisión no está
tomada por el Tribunal Supremo en pleno", explicó.
Sin embargo, señaló que el Parlamento bien
pudiera tomar una "decisión política" a favor del juicio: "Si
nos atenemos a lo político, ella puede tomar una decisión política y decir
'aunque yo tomé esa decisión y yo estoy en el 350, o me declaro en no sé qué',
entonces yo lo voy a hacer y aprobado este antejuicio. Pero yo lo veo más como
una decisión política, y sería muy cuestionable".
¿Y qué pasará después?
Para Hamdan, es poca la atención que atrae el TSJ
en el exilio porque "todo el mundo sabe que es mamadera de gallo".
Apitz, por su parte, reconoce que no podrá
aplicarse en el futuro inmediato, dado que en el país no hay Estado de derecho.
"En lo interno, tomando en cuenta que el Gobierno y todas las
instituciones por él secuestradas no reconocen a ese tribunal, en lo inmediato
posiblemente no se vaya a ejecutar esa decisión, pero en algún momento esa
decisión tendrá que ejecutarse. Se va a ejecutar", dijo.
Sin embargo, sí consideró que la Interpol debería
detener al mandatario si sale del territorio, porque ya el TSJ en el exilio
ordenó privativa de libertad en su contra. Además, recordó que los magistrados
también invocaron la Convención de Palermo contra la delincuencia organizada,
por lo que no solo espera que la AN apruebe el proceso, sino que con su
aprobación, las Naciones Unidas tome cartas en el asunto.
"No solamente habrá un juicio penal contra
el presidente de la República, por el TSJ legítimo, sino que la oficina
adscrita a la ONU contra la delincuencia organizada y el tráfico de drogas
proseguirá la investigación contra el presidente de la República y contra los
funcionarios públicos que están señalados en ese juicio", explicó.
Louza coincide en que actualmente no hay Estado
de derecho en Venezuela y el Gobierno no actúa con respeto a la Constitución y
"eso da pie a situaciones como la que estamos viviendo, que son
situaciones de hecho que aunque se les quiera dar un ropaje jurídico, es muy
difícil".
Pero no, a su juicio la Interpol no puede detener
al mandatario, aún si la AN aprueba el proceso. "En cuanto a la Interpol,
no debería detenerlo porque no viene de tribunal ni autoridad alguna recoger
ese mandato, pero además hay que entender que el presidente de la República
tiene inmunidad, y eso de acuerdo a tratados internacionales. Ella puede actuar
solo si fuera emitida una decisión de un tribunal como la Corte Penal
Internacional, donde los convenios internacionales eximen de inmunidad",
explicó.
Para Louza, el TSJ en el exilio pudiera ser una
especie de "tribunal simbólico" -que tiene precedentes históricos-, que
son constituidos como denuncia, pero sin mandato vinculante de sus decisiones.
Una opción que considera válida, pero que al parecer no es la del TSJ en
Bogotá, que ha asegurado que sus acciones sí son vinculantes.
"Se pueden hacer otras cosas, que ya ha
hecho la Asamblea, el problema es que aquí no hay salida legal, aparentemente,
porque efectivamente estamos en un Estado de hecho", concluyó la jurista.